Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1702/2023
Fecha: 06-Sep-2023
IV. LEGITIMACIÓN
- El recurso de revisión lo interpuso una parte legitimada. El recurso de revisión lo interpuso la parte quejosa ***********, por conducto de uno de sus autorizados en los términos amplios a que se refiere el artículo 12 de la Ley de Amparo, carácter reconocido por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito en el amparo directo que dio origen al presente recurso. Por tanto, se trata de una parte legitimada y representada de conformidad con los artículos 5, fracción I, 6, 11 y 12 de la Ley de Amparo.
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