AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1702/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1702/2023

Fecha: 06-Sep-2023

VI. DECISIÓN

  1. En conclusión, por no cumplirse los extremos previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política del país y 81, fracción II, de la Ley de Amparo, lo procedente es desechar el recurso de revisión interpuesto por la señora *********** en contra de la sentencia dictada el diez de febrero de dos mil veintitrés por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito al resolver el amparo directo 162/2022.

Por lo anterior, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve:

PRIMERO. Se desecha el recurso de revisión a que este expediente se refiere.

SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida.

Notifíquese; conforme a derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de la Ministra y los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien está con el sentido, pero por consideraciones distintas, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo.