AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4777/2023.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4777/2023.

Fecha: 21-Feb-2024

V. DECISIÓN

  1. Al quedar demostrado que no es jurídicamente factible analizar la constitucionalidad del artículo 46 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar, es dable concluir que el presente recurso de revisión debe desecharse al no actualizarse los requisitos que condicionan su procedencia.
  2. Sin que obste que mediante proveído presidencial se haya admitido el presente recurso de revisión, dado que tal determinación no es definitiva ni causa estado.

Por lo expuesto y fundado, se resuelve:

ÚNICO. Se desecha el recurso de revisión.

Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, devuélvanse los autos al tribunal colegiado de origen. En su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Lenia Batres Guadarrama, Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán (ponente).