Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5320/2023
RECURRENTE: **********
VISTO BUENO
MINISTRO PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
SECRETARIO: MANUEL BARÁIBAR TOVAR
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El dos de octubre de dos mil quince, ********** actuó en grupo de más de dos personas que eran integrantes de una institución de procuración de justicia, para privar de la libertad a ********** , con el propósito de cometer secuestro exprés para ejecutar el delito de extorsión, en virtud de que desde las nueve horas con cuarenta minutos en que la víctima, abordó el vehículo ********** , sin placas de circulación, en la calle ********** ; hasta que fue liberado a las once horas con cuarenta y dos minutos, en el Eje Central esquina con Circuito Interior, ya que, con el pretexto de liberarlo de una investigación lo obligaron a darles la cantidad de seiscientos mil pesos, dado que se trató de una “ orden de presentación ” ficticia. Por los anteriores hechos, el Juez de primera instancia dictó sentencia condenatoria en contra de ********** , por la comisión del delito de privación de la libertad con el propósito de cometer secuestro exprés para ejecutar el delito de extorsión agravado y le impuso, entre otras, una pena de cincuenta años de prisión. En contra de dicha determinación, la sentenciada interpuso recurso de apelación, el cual se resolvió en el sentido de confirmar la sentencia recurrida. Inconforme con lo resuelto, ********** promovió juicio de amparo directo que se resolvió en el sentido negar el amparo solicitado . Resolución que constituye la materia del presente recurso de revisión.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5320/2023
RECURRENTE: **********.
VISTO BUENO
MINISTRO PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO.
SECRETARIO: MANUEL BARÁIBAR TOVAR.
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
- Encabezado
- SENTENCIA
- III. OPORTUNIDAD
- IV. LEGITIMACIÓN
- V. ESTUDIO DE PROCEDENCIA
- VI. ESTUDIO DE FONDO
- SECUESTRO EXPRESS. EL HECHO DE QUE SE ACTUALICE ESTE DELITO NO EXCLUYE LA POSIBILIDAD DE ACREDITAR EN FORMA AUTÓNOMA LOS TIPOS PENALES BÁSICOS DE ROBO O EXTORSIÓN (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL)
- VII. DECISIÓN
