Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 346/2024
Fecha: 29-May-2024
VI. REVISIÓN ADHESIVA
- En la revisión adhesiva, el Banco del Bienestar plantea esencialmente dos argumentos: 1) son inoperantes los conceptos de violación en los que la parte recurrente sostuvo la inconstitucionalidad del ya multicitado artículo 1390 bis 46 del Código de Comercio, ya que no esgrimió argumentos para demostrar ello; y 2) el artículo 1390 Bis 46 del Código de Comercio no es inconstitucional o inconvencional, dado que la exigencia del señalamiento del domicilio de los peritos es razonable y proporcional en relación al derecho al acceso a la justicia y el debido proceso.
- En este tenor, esta Primera Sala considera innecesario realizar un análisis de fondo de tales argumentos en el presente apartado, a fin de evitar repeticiones innecesarias, pues de forma contraria a lo que sostiene la recurrente adhesiva y como se demostró a lo largo de la presente ejecutoria, los conceptos de violación de la recurrente no resultaban inoperantes en tanto de ellos sí se desprendía con claridad una causa de pedir y el artículo 1390 bis 46 del Código de Comercio es violatorio del derecho humano de acceso a la justicia.
- Motivo por el cual, esta Primera Sala considera que lo procedente es declarar infundado el recurso de revisión adhesiva.
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