amPARO directo EN REVISIÓN 580/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

amPARO directo EN REVISIÓN 580/2024

Fecha: 10-Jul-2024

INCONSTITUCIONALIDAD DE LA REGLA 2.12.3 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2019

  • Que la Regla aludida transgrede los principios de subordinación jerárquica, reserva de ley, legalidad y seguridad jurídica.
  • Luego de explicar y citar criterios respecto a los principios de subordinación jerárquica, reserva de ley, seguridad jurídica y de las cláusulas habilitantes, señala que para comprobar la autoría de quien firmó electrónicamente un documento es necesario acudir al uso del “SOFTWARE” que permita verificar el código de barras bidimensional.
  • Que los artículos 4 de la Ley General de Derechos lingüísticos de los Pueblos Indígenas establece que el español será la lengua nacional; el 33, apartado B, fracción XI, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación dispone que la contabilidad debe plasmarse en idioma español; el 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles, señala que las actuaciones judiciales y promociones deben escribirse en lengua española; y el 76, fracción XVII, inciso a), punto 1, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, disponen que los asientos contables llevados en nuestro país deben ser en español; obligaciones con las que se brinda seguridad jurídica ante la eventualidad de que las autoridades reconozcan un idioma diferente al que usualmente se utiliza en el Estado Mexicano.
  • De ese modo, la disposición para conocer la integridad y autoría de los oficios o documentos firmados electrónicamente debe ser en idioma castellano o en español y no utilizar la palabra “software”, por lo que al utilizarla genera que el contribuyente no pueda conocer plena e íntegramente la forma de la autoría del documento.
  • Que la norma redactada en el idioma inglés transgrede el derecho de seguridad jurídica pues no existe garantía de que el contribuyente conozca su significado o la manera de operar tal mecanismo.
  • Que dicha Regla transgrede el principio de subordinación jerárquica porque va más allá del contenido del artículo 17-I, del Código Fiscal de la Federación, que regula los mecanismos para conocer la integridad y autoría de los documentos firmados electrónicamente.
  • La palabra “software” genera inseguridad jurídica porque se le impone al gobernado la obligación de buscar su significado y los mecanismos que en concreto envuelve (denominación y especificación).
  • Además, la Regla vulnera los principios de seguridad jurídica y legalidad porque, por un lado, no prevé la opción “ Autenticidad de documentos oficiales y personal del SAT ”, como se refiere el artículo 17-I, del Código Fiscal de la Federación y, por otro, no especifica el significado de “ número de referencia ”.
  • La Regla transgrede el principio de subordinación jerárquica porque la autoridad administrativa desatendió lo previsto en la ley, dado que dicha Regla no prevé los mecanismos para conocer la integridad y autoría de los documentos firmados electrónicamente, con lo que se desconoció la voluntad del legislador.