VII. DECISIÓN
- Por todo lo expuesto y fundado, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve
PRIMERO. En la materia de la revisión, competencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se revoca la sentencia de amparo recurrida.
SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, como fiduciaria del fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo en contra de la autoridad y el acto que quedaron precisados, para los efectos de la presente ejecutoria.
Notifíquese, como en derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos del Señor Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo; el Señor Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá (Ponente); la Señora Ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien está con el sentido, pero en contra de consideraciones y reservó su derecho a formular voto concurrente; el Señor Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y la Señora Ministra Presidenta Loretta Ortiz Ahlf.
