Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5972/2024
Fecha: 02-Abr-2025
II. OPORTUNIDAD
- Tal como se advierte de la lectura de las constancias, la sentencia del Tribunal Colegiado le fue notificada de manera personal a la parte quejosa el seis de mayo de dos mil veinticuatro , por lo que dicha notificación surtió efectos al día siguiente, es decir, el siete de mayo.
- Por lo tanto, el plazo establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del ocho al veintiuno de mayo de dos mil veinticuatro , descontándose los días once, doce, dieciocho y diecinueve de mayo de dos mil veinticuatro por ser sábados y domingos.
- De ahí que, si el recurso de revisión se presentó ante el Tribunal Colegiado del conocimiento el veintiuno de mayo de dos mil veinticuatro , se concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna .
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