Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1119/2025
Fecha: 28-May-2025
I. COMPETENCIA
- Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del presente recurso de revisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política del país; 81, fracción II, y 96 de la Ley de Amparo; 21, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada el siete de junio de dos mil veintiuno ; así como en los Puntos Segundo, fracción III, inciso b) y Tercero del Acuerdo General 1/2023 del Pleno de este Alto Tribunal, por tratarse de un recurso de revisión interpuesto en contra de una sentencia de amparo directo de naturaleza civil.
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