AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1631 / 2025
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1631 / 2025

Fecha: 02-Jul-2025

I. COMPETENCIA

10. Esta Segunda Sala de la SCJN es competente para conocer de este recurso de revisión en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 81, fracción II, de la Ley de Amparo; 11, fracción VIII, y 21, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación abrogada (LOPJF), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el siete de junio de dos mil veintiuno y el Punto Tercero del Acuerdo General Plenario 1/2023, por tratarse de un asunto de naturaleza administrativa, competencia de esta Segunda Sala, cuya resolución no amerita la intervención del Tribunal Pleno.