AMPARO DIRECTO 1318/2008. **********
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1318/2008. **********

Fecha: 01-Ene-1917

Primer Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y De Trabajo Del Séptimo Circuito

Es infundado lo expuesto, porque aparte de ser criterios aislados emitidos por tribunales de la misma jerarquía, fueron superados por la jurisprudencia 2a./J. 19/2006, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, transcrita en párrafos precedentes.

La quejosa hizo notar que el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito emitió criterio aislado en el sentido de que al rechazar el trabajador la oferta ya no tenía que analizarse si había sido de mala o buena fe, precisamente porque demostraba desinterés, por lo que debió absolvérsele. Dicha tesis es la siguiente: