AMPARO DIRECTO 141/2005. JUAN CRUZ QUIROZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 141/2005. JUAN CRUZ QUIROZ.

Fecha: 01-Ene-1917

Ii Los Demandados Tendrán Este Carácter

"a) La autoridad que dicte, ordene, así como la que ejecute, trate de ejecutar u omita la resolución o acto impugnado, o en su caso, quienes la sustituyan; y

"b) El particular a quien favorezca la resolución cuya modificación o nulidad pida la autoridad administrativa.

"III. Siempre será parte la dependencia del Ejecutivo del Estado a quien determine la ley, si la resolución o acto impugnado es de naturaleza administrativa estatal; y el secretario de finanzas y tesorero general del Estado, si es de naturaleza fiscal estatal. En caso de que la resolución o acto impugnado provenga de una autoridad municipal, la representación de ésta corresponderá al síndico del Ayuntamiento, observándose lo previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado.