Considerando
CUARTO. El estudio de los conceptos de violación, conduce a este Tribunal Colegiado de Circuito a determinar lo siguiente:
En parte del primer concepto de violación, se aduce que la responsable consideró que la oferta de empleo fue formulada de buena fe, sin atender a los antecedentes y la conducta asumida por el patrón, ya que si lo hubiera hecho concluiría invariablemente que el patrón carece de voluntad para reintegrar a la quejosa a las labores que venía desempeñando, toda vez que el demandado ofreció el empleo en un lugar diverso de donde se prestaron los servicios inicialmente.
