AMPARO DIRECTO 292/2007.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 292/2007.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-Para los efectos precisados en el considerando noveno de esta ejecutoria, la Justicia de la Unión ampara y protege a ... contra el acto y autoridad que quedaron precisados en el resultando primero de esta resolución.

Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, vuelvan los autos a la Primera Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México; háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno respectivo; asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 106 de la Ley de Amparo, requiérase al Magistrado Presidente de la Primera Sala Colegiada Penal de Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, a efecto de que informe a este órgano colegiado acerca del cumplimiento dado a esta ejecutoria, agregando desde luego copia certificada de las constancias que lo acredite.

Así lo resolvió el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los señores Magistrados Reynaldo Manuel Reyes Rosas (presidente), Darío Carlos Contreras Reyes y Héctor Lara González, siendo ponente el primero de los nombrados.