AMPARO DIRECTO 3002/2005.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 3002/2005.

Fecha: 01-Ene-1917

Nuevo Código Penal Para El Distrito Federal

"Artículo 41 (Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito). Se establecerá un Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito en los términos de la legislación correspondiente.

"El importe de la multa y la sanción económica impuestas se destinará preferentemente a la reparación del daño ocasionado por el delito, pero si éstos se han cubierto o garantizado, su importe se entregará al Fondo para la Reparación del Daño a las Víctimas del Delito."