AMPARO DIRECTO 344/2006. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 344/2006. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN.

Fecha: 01-Ene-1917

De La Presuncional

"Artículo 830. Presunción es la consecuencia que la ley o la Junta deducen de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido."

"Artículo 831. Hay presunción legal cuando la ley la establece expresamente; hay presunción humana cuando de un hecho debidamente probado se deduce otro que es consecuencia de aquél."

"Artículo 832. El que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligado a probar el hecho en que la funda."