AMPARO DIRECTO 377/2004. ADRIÁN PÉREZ PÉREZ.
Fecha: 01-Ene-1917
A Los Que Al Efecto El Trabajador Haya Designado Ante El Instituto
"b) La viuda, el viudo y los hijos que dependan económicamente del trabajador en el momento de su muerte,
"c) Los ascendientes concurrirán con las personas mencionadas en el inciso anterior, cuando dependan económicamente del trabajador,
"d) A falta de viuda o viudo, concurrirán con las personas señaladas en las dos fracciones anteriores, el supérstite con quien el derechohabiente vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con el que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato, pero si al morir el trabajador tenía varias relaciones de esta clase, ninguna de las personas con quienes las tuvo, tendrá derecho,
- Sexto Los Conceptos De Violación Expuestos Por El Quejoso Son Infundados
- La Citada Resolución Es La Que Se Impugna En Este Juicio De Amparo Directo
- Habitaciones Para Los Trabajadores
- A Los Instrumentos De Trabajo Tales Como Herramientas Ropa Y Otros Similares
- E Los Premios Por Asistencia
- Artículo Son Obligaciones De Los Patrones
- A Los Que Al Efecto El Trabajador Haya Designado Ante El Instituto
- F Los Ascendientes Que No Dependan Económicamente Del Trabajador