AMPARO DIRECTO 404/98. NAHUM EDMUNDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 404/98. NAHUM EDMUNDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.

Fecha: 01-Ene-1917

De La Constitución Política Del Estado Libre Y Soberano De México

"Artículo 78. Para el despacho de los asuntos que la presente Constitución encomienda, el Ejecutivo contará con las dependencias y los organismos auxiliares que las disposiciones legales establezcan."

"Artículo 130. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este título, se considera como servidor público a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en alguno de los Poderes del Estado, en los Ayuntamientos de los Municipios y organismos auxiliares, así como los titulares o quienes hagan sus veces en empresas de participación estatal o municipal, sociedades o asociaciones asimiladas a éstas y en los fideicomisos públicos. Por lo que toca a los demás trabajadores del sector auxiliar, su calidad de servidores públicos estará determinada por los ordenamientos legales respectivos.-La ley de responsabilidades regulará sujetos, procedimientos y sanciones en la materia."