Considerando
II. Resulta innecesario transcribir y analizar, tanto las consideraciones que apoyan el fallo recurrido, como los conceptos de violación hechos valer en su contra, en virtud de que este Tribunal Colegiado, en suplencia de los referidos motivos de inconformidad, en términos de lo dispuesto en la fracción II del artículo 76 bis de la Ley de Amparo, advierte que en el juicio natural se violaron las leyes del procedimiento de manera tal que esas infracciones afectaron a las defensas del quejoso ... y pueden trascender al resultado del fallo; motivo que resulta suficiente para conceder el amparo solicitado en la medida que más adelante se ha de indicar.
Lo anterior se afirma, en virtud de que el Juez del proceso, en determinado momento y sin un aviso previo que colmara las exigencias que previene la legislación adjetiva aplicable, decretó el cierre de instrucción en el procedimiento de origen, privando con ello al ahora quejoso de la última oportunidad que la ley le concede para promover las pruebas convenientes a sus intereses y de que éstas fueran desahogadas; con lo que se estima que el juzgador optó por un camino incorrecto en la integración del sumario, ya que en aras de dar celeridad al proceso, se propició la citada transgresión a la garantía de defensa con un evidente quebranto a la norma procesal penal federal.
Para la mejor comprensión del asunto, se debe indicar que el artículo 147 del Código Federal de Procedimientos Penales, en lo que aquí interesa, dispone:
"Artículo 147. La instrucción deberá terminarse en el menor tiempo posible. Cuando exista auto de formal prisión y el delito tenga señalada una pena máxima que exceda de dos años de prisión, se terminará dentro de diez meses; si la pena máxima es de dos años de prisión o menor, o se hubiere dictado auto de sujeción a proceso, la instrucción deberá terminarse dentro de tres meses. Los plazos a que se refiere este artículo se contarán a partir de la fecha del auto de formal prisión o del de sujeción a proceso, en su caso. ..."
- Considerando
- Por Su Parte El Artículo Del Ordenamiento Legal Antes Invocado Establece Lo Siguiente
- Y En El Resolutivo Sexto De Dicho Auto Se Ordenó
- Luego El Veinte De Junio Del Año Dos Mil Uno El Juez De La Causa Dictó Un Acuerdo En El Que Dijo
- En Cuanto Hace A La Cámara De Senadores En El Dictamen De La Revisora Se Dijo Lo Siguiente
- Artículo El Proceso Se Tramitará En Forma Sumaria En Los Siguientes Casos
- I Que Se Trate De Delito Flagrante
- A Partir De La Reforma De El Artículo Quedó En Los Siguientes Términos
