AMPARO DIRECTO 602/99.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 602/99.

Fecha: 01-Ene-1917

Iii La Realización Dolosa O Culposa De La Acción U Omisión

"Asimismo, se acreditarán, si el tipo lo requiere: a) las calidades del sujeto activo y del pasivo; b) el resultado y su atribuibilidad a la acción u omisión; c) el objeto material; d) los medios utilizados; e) las circunstancias de lugar, tiempo, modo y ocasión; f) los elementos normativos; g) los elementos subjetivos específicos y h) las demás circunstancias que la ley prevea.

"Para resolver sobre la probable responsabilidad del inculpado, la autoridad deberá constatar si no existe acreditada en favor de aquél alguna causa de licitud y que obren datos suficientes para acreditar su probable culpabilidad.

"Los elementos del tipo penal de que se trate y la probable responsabilidad se acreditará por cualquier medio probatorio que señale la ley."

En el caso concreto, el delito que se atribuyó al peticionario de garantías, es el de contra la salud, en la modalidad de transporte de marihuana, previsto y sancionado por el artículo 194, fracción I, del Código Penal Federal.