AMPARO DIRECTO 70/2004. ÁLVARO CHÁVEZ ACHO.
Fecha: 01-Ene-1917
Asimismo Reconvinieron De Álvaro Chávez Acho Lo Siguiente
"A) Se condene al contrademandado a la reparación del daño causado, restableciendo la situación anterior al mismo, de conformidad con lo que disponen los artículos 1739 y 1744 del Código Civil. B) Se condene al reconvenido al pago de la cantidad de $450,000.00 (cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), como indemnización por el daño causado a los contrademandantes. C) Se condene al contrademandado al pago de la cantidad de $600,000.00 (seiscientos mil pesos 00/100 M.N.), por concepto de daño moral, causado a los reconvenientes, originado por la conducta ilícita observada por el reconvenido. D) Se condene al contrademandado, al pago de la cantidad de $330,000.00 (trescientos treinta mil pesos 00/100 M.N.), por concepto de perjuicios, causados a los contrademandantes, que serán regulados en su oportunidad en ejecución de sentencia, a juicio de peritos. E) Se condene al reconvenido, al pago de los gastos y costas que se originen en todas sus instancias." (foja 39 vuelta del expediente 190/2002).
- Considerando
- La Demanda Se Sustentó En Los Siguientes Hechos
- Asimismo Reconvinieron De Álvaro Chávez Acho Lo Siguiente
- Dicha Reconvención Se Sustentó En Los Siguientes Hechos
- Seguida La Secuela Procedimental Con Fecha Cinco De Junio De Dos Mil Dos El Juez Natural Resolvió
- Contra Esta Resolución La Parte Quejosa Promovió El Amparo Que Se Analiza
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve