De Los Autos Del Juicio Laboral Se Observa
********** y ********** demandaron la reinstalación al codemandado persona físico ********** y en los hechos manifestaron que prestaron sus servicios para él.
- Es Infundado El Anterior Concepto De Violación Por Las Razones Que Se Verán
- P Que El Absolvente Contrató Los Servicios De Las Hoy Actoras Con Fecha De Julio Del
- P Que El Absolvente Contrató A Las Hoy Actoras Con Días De Aguinaldo Anuales
- P Que El Absolvente Despidió A Las Hoy Actoras Con Fecha De Enero Del
- Es Fundado Pero Inoperante El Mencionado Concepto De Violación
- Por Un Lado Los Artículos Y De La Ley Federal Del Trabajo Establecen
- De Los Autos Del Juicio Laboral Se Observa
- Al Dar Contestación Negó La Acción Ejercida Por Las Trabajadoras Y La Relación Laboral
