AMPARO DIRECTO 375/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 375/2010. **********.

Fecha: 18-Jun-2008

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO. La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, en contra del acto y por las autoridades señaladas en el resultando primero de esta sentencia, para los efectos precisados en la parte final del último considerando de esta ejecutoria.

Engrósese la presente resolución a los autos; remítanse éstos con el disco que la contiene al Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito, con sede en Villahermosa, Tabasco; háganse las anotaciones pertinentes en el libro electrónico de registro y, en su oportunidad, agréguense al cuaderno de antecedentes, el testimonio de esta resolución y la copia certificada del acto reclamado, así como también en los presentes autos, previamente al engrose, una diversa copia certificada de este último.

Así, por unanimidad de votos de los Magistrados, presidente Jorge Sebastián Martínez García, ponente Luis García Sedas y la secretaria de tribunal en funciones de Magistrada, Lorena García Vasco Rebolledo, autorizada en términos del artículo 81, fracción XXIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, comunicado mediante oficio SEPLEP./GEN./010/4073/2010, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región.

En términos de lo previsto en los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.

Nota: La tesis VII.1o.(IV Región) 7 P citada en esta ejecutoria, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXII, agosto de 2010, página 2262.