AMPARO DIRECTO 285/2010. 28 DE OCTUBRE DE 2010. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: HUMBERTO MANUEL ROMÁN FRANCO. SECRETARIA: MARÍA GUADALUPE JIMÉNEZ DUARDO.
Fecha: 28-Oct-2010
Quinto Conceptos De Violación Que En Síntesis Se Hicieron Consistir En
1. Que se violan en su perjuicio los artículos 14 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Que la responsable no realizó una exacta aplicación de la ley penal, ya que tuvo por acreditada la calificativa prevista en la fracción III del numeral 224 del Código Penal para el Distrito Federal (encontrándose la víctima en un vehículo de transporte público), sin que existan elementos aptos y suficientes para su acreditación.
Que el ordinal 2o., fracción XIV del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal señala qué es un vehículo, pero la calificativa mencionada requiere que ese automotor debe ser de transporte público, y para reunir esa característica, es menester que se acredite la concesión, mediante la cual el vehículo se ostenta y presta el servicio de un transporte público.
Que la responsable pretende acreditar la calificativa con base en inferencias, pero jurídicamente no existe ningún elemento probatorio que acredite que el supuesto microbús se encontrase legalmente prestando el servicio de transporte público.
3. Que el ofendido es la única persona que señala la existencia del supuesto microbús, por lo que se trata de un dicho aislado que no se robustece con ningún otro medio de prueba, en virtud de que supuestamente los activos desapoderaron a varias personas de sus pertenencias, y la única persona que denuncia ese hecho es el ofendido, por tanto, no se le puede conceder ningún valor probatorio.
Al respecto cita las tesis: "OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO AISLADO." y "OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO AISLADO."
4. Que la versión del denunciante no se encuentra corroborada con lo manifestado por los policías remitentes, quienes señalaron que no vieron ningún microbús.
- Quinto Conceptos De Violación Que En Síntesis Se Hicieron Consistir En
- Que Tampoco Se Contiene En Autos La Fe Ministerial De Dicho Microbús
- Aunado A Que Contaron Con Varias Cartas De Recomendación
- Tres Impresiones Fotográficas En Las Que Se Aprecian Los Objetos Fedatados
- En Tanto Dijo Ser De
- Sanciones Que Tras Ser Sumadas Dieron Un Total De Cinco Años Cuatro Meses Veinte Días De Prisión