AMPARO DIRECTO 667/2010. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2010. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALEJANDRO ALBERTO ALBORES CASTAÑÓN. SECRETARIO: MANUEL TORRES CUÉLLAR.
Fecha: 29-Sep-2010
Fojas Trescientos Ochenta Y Cuatro A Cuatrocientos Dieciséis Del Juicio Laboral
12. Novena Época. Registro IUS: 179074. Materia(s): Laboral. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXI, marzo de 2005. Página 959.
13. Séptima Época. Registro IUS: 244540. Materia(s): Laboral. Semanario Judicial de la Federación. Tomo 37, Quinta Parte. Página 27.
14. "Artículo 841. Los laudos se dictarán a verdad sabida, y buena fe guardada y apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a reglas o formulismos sobre estimación de las pruebas, pero expresarán los motivos y fundamentos legales en que se apoyen."
15. "Artículo 842. Los laudos deben ser claros, precisos y congruentes con la demanda, contestación, y demás pretensiones deducidas en el juicio oportunamente."
16. Sexta Época. Registro IUS: 272666, Semanario Judicial de la Federación. Volumen: XI, Cuarta Parte. Materia(s): Común. Página 193.
17. Novena Época. Registro IUS: 179074. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXI, marzo de 2005. Materia(s): Laboral. Página 959.
- Considerando
- Capítulo De Hechos
- Limitación Funcional Y Entorpecimiento De Los Movimientos De Ambas Rodillas
- B Que Quedó Demostrado En Autos El Diverso Accidente De Trabajo De Doce De Febrero De Dos Mil Dos
- G Que Contaba Con Una Apreciación Imparcial Al Tratarse De Un Perito Nombrado Por La Junta
- Fojas Trescientos Ochenta Y Cuatro A Cuatrocientos Dieciséis Del Juicio Laboral
- Fojas Cien A Ciento Seis Del Juicio Laboral
- La Junta Calificará De Plano La Excusa Y Declarada Procedente Se Nombrará Nuevo Perito
- Fojas Trescientos Diecinueve A Trescientos Veintidós Del Juicio Laboral
- Fojas Trescientos Treinta Y Ocho A Trescientos Cuarenta Del Juicio Laboral