Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 763/2011. 3 DE FEBRERO DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ GUADALUPE HERNÁNDEZ TORRES. SECRETARIO: RICARDO SURO ESTEVES.
Fecha: 03-Feb-2012
Séptimo Los Conceptos De Violación Hechos Valer Por Las Quejosas Devienen Inoperantes
En principio, conviene realizar una breve reseña histórica de los antecedentes que informan el acto reclamado, consistente en la sentencia definitiva dictada por la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, el treinta y uno de mayo de dos mil once, en los autos del toca de apelación 162/2011, la que se obtiene de los autos del juicio de origen y del referido toca, a los que se les otorga plena eficacia probatoria, por tratarse de documentales públicas, en términos de lo dispuesto por los artículos 129 y 202, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, en relación con el diverso 2o. de esta última legislación.
- Considerando
- No Asiste La Razón A La Tercero Perjudicada
- Séptimo Los Conceptos De Violación Hechos Valer Por Las Quejosas Devienen Inoperantes
- Así Se Llega Al Conocimiento En Lo Que Ahora Interesa De Lo Siguiente
- Las Consideraciones En Que Se Sustenta La Sentencia Reclamada Son Las Siguientes
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve