AMPARO DIRECTO 790/2012. 28 DE FEBRERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAMIRO RODRÍGUEZ PÉREZ. SECRETARIO: RAMÓN LOZANO BERNAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 790/2012. 28 DE FEBRERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAMIRO RODRÍGUEZ PÉREZ. SECRETARIO: RAMÓN LOZANO BERNAL.

Fecha: 28-Feb-2013

La Parte Actora No Hizo Valer Su Ampliación De Demanda

Lo anterior generó que en la sentencia se diera valor probatorio al requerimiento exhibido y su notificación, con lo que se tuvo por probado que no existió un cumplimiento espontáneo de la obligación formal, y se reconoció la validez de las multas controvertidas.

En esencia, la parte quejosa expone que la autoridad responsable no respetó las formalidades esenciales del procedimiento, pues no obstante haber ordenado se le corriera traslado con copia de la contestación de la demanda y de sus anexos, se ordenó la notificación correspondiente por boletín electrónico, pero no de manera personal en el domicilio que señaló para ese efecto desde la demanda, lo que trajo como consecuencia que no tuviera conocimiento del contenido de esos documentos y, por tanto, que indebidamente le precluyera el derecho de ampliar su demanda con el resultado de que se reconociera la validez de los créditos impugnados.