AMPARO DIRECTO 990/2012. ISRAEL IGNACIO ANGULO AQUINO. 8 DE MARZO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: EUGENIO GUSTAVO NÚÑEZ RIVERA. SECRETARIO: SALVADOR MORALES MORENO.
Fecha: 08-Mar-2013
Iii Cumplir Con Las Obligaciones Que Les Impongan Las Condiciones Generales De Trabajo
"‘...’
"Y dentro de las obligaciones de los titulares de las dependencias municipales, mismas que se encuentran mencionadas en el artículo 36 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento del Municipio de Puebla en sus VI fracciones, no se encuentra como obligación de los titulares las dependencias del Ayuntamiento del Municipio de Puebla la de otorgamiento de nombramiento de bases a sus trabajadores de base, mismo que a la letra dice:
"‘Artículo 36. Son obligaciones del Ayuntamiento y de los titulares de las dependencias, según la naturaleza de sus funciones:
"‘I. Preferir en igualdad de condiciones de capacidad y antigüedad, a los trabajadores sindicalizados respecto de quienes no lo estuvieren.
- Considerando
- Quinto La Resolución Reclamada Se Sustenta Con Base En Lo Siguiente
- Artículo El Tribunal De Arbitraje Será Competente
- Iii Para Conocer De Los Conflictos Que Se Susciten Entre Los Miembros Del Sindicato
- Iii Cumplir Con Las Obligaciones Que Les Impongan Las Condiciones Generales De Trabajo
- Ii Cumplir Con Los Servicios De Higiene Y Prevención De Accidentes
- D Tiendas De Consumo Económico
- Vi Conceder Licencias Sin Goce De Sueldo Y Sin Causa Justificada Hasta Por Seis Meses
- De La Garantía Constitucional En Comento Destacan Los Siguientes Principios Procesales A Saber