Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 228/2013. JORGE AGUILAR. 25 DE ABRIL DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GENARO RIVERA. SECRETARIA: CLAUDIA GABRIELA SOTO CALLEJA.
Fecha: 25-Abr-2013
Jefe De Área
"Lo anterior consta en el antecedente número 5 del convenio de jubilación. Cuatro. Por su parte, en el artículo 53 de las condiciones generales de trabajo, se establece mi derecho para que la pensión inicial se determine con base al nivel inmediato superior a la categoría que venía desempeñando. En este caso, el nivel inmediato superior, con su respectivo sueldo tabular, al momento de mi jubilación, era el siguiente:
- Quinto El Estudio De Los Conceptos De Violación Conduce A Determinar Lo Siguiente
- Los Argumentos Antes Sintetizados Son Infundados
- Jefe De Área
- Gerente De Sucursal B
- Mientras Que El Siguiente Nivel Tabular Nivel Obedeció A
- Es Fundado El Concepto De Violación En Atención A Lo Siguiente
- Los Artículos Mencionados Establecen