AMPARO DIRECTO 455/2014. 28 DE MAYO DE 2015. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: HUGO SAHUER HERNÁNDEZ. PONENTE: NORMA NAVARRO OROZCO, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR
Fecha: 15-Ene-2016
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia Federal ampara y protege a **********, contra el acto de la autoridad señalado en el resultando primero de la presente ejecutoria, para los efectos puntualizados en el considerando séptimo de la misma.
Notifíquese; publíquese, anótese en el libro de registro, y con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así, por mayoría de votos lo resolvieron los Magistrados que integran el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, Víctorino Rojas Rivera junto con Norma Navarro Orozco, esta última autorizada para desempeñar, de manera provisional, dicho cargo, por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal en sesión celebrada el veinte de mayo de dos mil catorce, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, desde esa fecha y hasta en tanto el Pleno del propio Consejo adscriba Magistrado que integre este Tribunal Colegiado de Circuito, contra el voto del Magistrado Hugo Sahuer Hernández -quien deja el proyecto original como voto particular- habiendo sido relatora la segunda de los nombrados
En términos de lo previsto en los artículos 8, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
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- Ii Ser Asistida Por Un Defensor De Su Elección Y
- Dejar Insubsistente El Laudo Reclamado
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Artículo Garantías Judiciales
- C Concesión Al Inculpado Del Tiempo Y De Los Medios Adecuados Para La Preparación De Su Defensa
- La Confesión Del Inculpado Solamente Es Válida Si Es Hecha Sin Coacción De Ninguna Naturaleza