AMPARO DIRECTO 20/2016. 7 DE ABRIL DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: RICARDO PAREDES CALDERÓN. PONENTE: FRANCISCO JAVIER SARABIA ASCENCIO. SECRETARIO: DANIEL MARCELINO NIÑO JIMÉNEZ.
Fecha: 03-Jun-2016
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, contra los actos y autoridades responsables precisados en el resultando 1 de este fallo.
Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, vuelvan los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, por mayoría de votos de los Magistrados, José Luis Villa Jiménez y Francisco Javier Sarabia Ascencio -ponente-, con el voto particular del Magistrado Ricardo Paredes Calderón -presidente-.
En términos de lo previsto en el artículo 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en ese supuesto normativo.
- Considerando
- Se Explica
- Dicha Tesis Es De Rubro Y Texto Siguientes
- De Ahí Que La Indiciaria Presupone
- D Que Exista Concordancia Entre Ellos
- En Efecto Conforme A La Jurisprudencia Invocada
- En Cambio La Testigo Al Declarar Ministerialmente Manifestó
- Es Infundado Pues No Existe Tal Contradicción
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Fojas A Ibídem
- Foja Ibídem
- Foja Ídem