AMPARO DIRECTO 848/2015. 10 DE MARZO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CIRO ALONSO RABANALES SEVILLA, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRADO, EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 26, 35 Y 36 DE LA LEY ORGÁNICA DEL
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 848/2015. 10 DE MARZO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CIRO ALONSO RABANALES SEVILLA, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRADO, EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 26, 35 Y 36 DE LA LEY ORGÁNICA DEL

Fecha: 17-Jun-2016

Adicionado Po De Julio De

"El sindicato podrá proponer de manera extraordinaria la ocupación de dichas vacantes sin sujetarse al procedimiento aquí señalado; lo anterior, acorde a los parámetros que se acuerden para tales efectos en el Reglamento de Escalafón, debiendo en todo caso justificar su petición a fin de que sea aprobada por la Comisión Mixta de Escalafón."

"Artículo 166. En los concursos se procederá por las comisiones a verificar las pruebas a que se sometan los concursantes y a calificar los factores escalafonarios, teniendo en cuenta los documentos constancias o hechos que los comprueben, de acuerdo con la valuación fijada en los reglamentos.

"Los aspirantes para ocupar las plazas vacantes deberán reunir los requisitos que para esos puestos, señale la normatividad de cada una de las autoridades públicas, acorde a los catálogos de puestos correspondientes."

De los artículos transcritos anteriormente se advierte, en lo que interesa, lo dispuesto en los artículos 8 y 9, por lo que hace al primero en mención, define quiénes son los trabajadores de base e indica los supuestos para adquirir el derecho personal a la estabilidad y precisa que ello será en términos del sistema escalafonario y el segundo numeral en cita, establece como requisitos para la obtención de la base definitiva, además de que se acredite la naturaleza del servicio prestado y antigüedad previstos en el diverso numeral 4, los siguientes: