AMPARO DIRECTO 519/2015. 11 DE FEBRERO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ENRIQUE VILLANUEVA CHÁVEZ. SECRETARIO: RAMÓN LOZANO BERNAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 519/2015. 11 DE FEBRERO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ENRIQUE VILLANUEVA CHÁVEZ. SECRETARIO: RAMÓN LOZANO BERNAL.

Fecha: 01-Jul-2016

Naturaleza Del Pago Extraordinario

"3. Conforme a las disposiciones establecidas en los artículos 2, fracción XXXIII y 65, fracción V de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los pagos extraordinarios corresponden, entre otros, a los autorizados en términos de esa ley, y que no constituyen un ingreso fijo, regular ni permanente, ya que su otorgamiento se encuentra sujeto a requisitos y condiciones variables, por lo que dichos conceptos de pago en ningún caso podrán formar parte integrante de la base de cálculo para efectos de indemnización o liquidación o de prestaciones de seguridad social.