Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 519/2015. 11 DE FEBRERO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ENRIQUE VILLANUEVA CHÁVEZ. SECRETARIO: RAMÓN LOZANO BERNAL.
Fecha: 01-Jul-2016
Séptimoanálisis De Los Conceptos De Violación
En los conceptos de violación agrupados bajo el inciso a), la quejosa aduce que, adversamente a lo considerado por la Sala responsable, tiene derecho a que los conceptos "bono de despensa" y "previsión social múltiple" sean incrementados a su pensión, en el mismo monto que aquellos pagados a los trabajadores en activo, ya que los percibe regular y periódicamente.
- Séptimoanálisis De Los Conceptos De Violación
- Tales Argumentos Son Infundados
- Artículo
- I Personal Civil En Los Términos Siguientes
- Asunto Medida De Fin De Año
- Objetivo De La Medida De Fin De Año Consistente En Vales De Despensa
- No Se Otorgarán Los Vales De Despensa
- Del Ejercicio Presupuestario
- Naturaleza Jurídica De La Medida De Fin De Año
- Lineamientos Específicos Para El Otorgamiento De La Medida De Fin Del Ejercicio Fiscal
- La Medida De Fin De Año No Se Otorgará Al Personal Operativo En Los Casos Siguientes
- Lineamientos Específicos Para El Otorgamiento De La Medida De Fin De Año Del Ejercicio Fiscal
- Del Otorgamiento De La Medida De Fin De Año Para El Personal En Activo
- Naturaleza Del Pago Extraordinario
- Monto Del Pago Extraordinario
- No Se Otorgarán Sic El Pago Extraordinario
- Oficio A Consultable En Httpwwwsntiorgmxsntimgtdoccomunicadospdf
- Del Otorgamiento Del Pago Extraordinario