Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 174/2016. 26 DE MAYO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GERARDO TORRES GARCÍA. SECRETARIA: CONSUELO ALEJANDRA MORALES LORENZINI.
Fecha: 09-Sep-2016
Considerando
QUINTO.-Los conceptos de violación son, por una parte, fundados pero inoperantes, en otra, infundados y, en el resto inoperantes, sin que este tribunal advierta motivo de queja que suplir a favor de la trabajadora, en términos del artículo 79, fracción V, de la Ley de Amparo.
- Considerando
- Previo A Su Estudio Es Conveniente Narrar Los Antecedentes Más Importantes Que Informan El Asunto
- Los Artículos Y De La Ley Federal Del Trabajo Respectivamente Disponen
- Artículo En El Desahogo De La Prueba Pericial Se Observarán Las Disposiciones Siguientes
- V En Caso De Existir Discrepancia En Los Dictámenes La Junta Designará Un Perito Tercero
- A Que El Papel Que La Contiene No Fue Recortado O Mutilado
- Los Reseñados Argumentos Son Inoperantes
- Lo Anterior Es Infundado
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve