AMPARO DIRECTO 365/2018. 23 DE AGOSTO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: RENATO DE JESÚS MARTÍNEZ LEMUS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 365/2018. 23 DE AGOSTO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: RENATO DE JESÚS MARTÍNEZ LEMUS.

Fecha: 19-Oct-2018

El Quejoso En Su Primer Y Segundo Conceptos De Violación Aduce En Esencia

• Que el laudo reclamado es violatorio de los artículos 14 y 16 constitucionales, pues no se encuentra fundado ni motivado ya que la autoridad responsable lo requirió para que exhibiera el último estado de cuenta, de conformidad con el artículo 899-C, fracción VI, de la Ley Federal del Trabajo que establece el último estado de cuenta, mas no uno actualizado, además, en términos del numeral 18, fracción IV, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las Afores tienen la obligación de, por lo menos tres veces al año, enviar al domicilio de los trabajadores sus estados de cuenta; por lo tanto, al omitir la demandada enviarle los estados de cuenta, exhibió el último que llegó a su domicilio.

• Que la Junta del conocimiento otorgó valor probatorio pleno a las pruebas ofrecidas por la Afore demandada, consistentes en las documentales en copia simple del estado de cuenta emitido por **********, Sociedad Anónima de Capital Variable, a nombre del actor, notificación de saldo de trece de marzo de dos mil dieciocho, y detalle de movimientos, argumentando que son aptas para acreditar que la Afore demandada le pagó la subcuenta de retiro 97 (noventa y siete), lo cual es incorrecto, ya que dichas pruebas fueron exhibidas en copias simples y sólo demuestran ser impresiones de pantallas de movimientos o una simple solicitud de transferencia, susceptibles de modificación, alteración o fabricación a favor de la misma.