Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 251/2017. 20 DE JULIO DE 2017. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: JORGE MERCADO MEJÍA. ENCARGADA DEL ENGROSE: SELINA HAIDÉ AVANTE JUÁREZ. SECRETARIO: ISRAEL JACOB SOTO ALCÁNTARA.
Fecha: 25-Ene-2019
B Los Poderes Y Facultades Otorgados Consistieron En Los Siguientes
b.1.) Facultades para pleitos y cobranzas con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, en términos del primer párrafo del artículo 2810 del Código Civil para el Estado de Quintana Roo y su correlativo del Código Civil Federal.
b.2.) Para actos de administración, en términos del segundo párrafo del artículo 2810 del Código Civil para el Estado de Quintana Roo y su correlativo del Código Civil Federal.
b.3.) Para actos de dominio, en términos del tercer párrafo del artículo 2810 del Código Civil para el Estado de Quintana Roo y su correlativo del Código Civil Federal.
- Cuartolegitimación Y Personería
- Quintoconceptos De Violación
- I Violaciones Procesales
- Son Infundados Los Conceptos De Violación Por Las Razones Que A Continuación Se Exponen
- I En Escritura Pública
- Iii En Carta Poder Firmada Por El Otorgante Y Dos Testigos Sin Ratificación De Firmas
- Ii Cuando El Interés Del Negocio Para El Que Se Confiere Exceda De Cinco Mil Pesos Y
- Del Contenido Del Poder Exhibido Por La Promovente Se Desprende Lo Siguiente
- B Los Poderes Y Facultades Otorgados Consistieron En Los Siguientes
- C En El Mandato De Mérito Se Hizo La Precisión Y Limitación Del Tenor Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Fojas A
- Fojas A Del Juicio Oral Mercantil