III. PROCEDENCIA
- El presente recurso de revisión es procedente, en términos del artículo 81, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo , pues se interpuso en contra de una sentencia dictada por un Juez de Distrito en la audiencia constitucional de un juicio de amparo indirecto, respecto al cual el Tribunal Colegiado del conocimiento reservó jurisdicción para conocerlo.
