contradicción de criterios 250/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

contradicción de criterios 250/2023

Fecha: 29-Nov-2023

ACUERDO GENERAL 67/2022, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

Artículo 14. Competencia en contradicciones de criterios . Conforme a los artículos 107, fracción XIII, de la Constitución; 42, fracciones I y II de la Ley Orgánica; 226 y 227 de la Ley de Amparo y demás normas aplicables, los Plenos Regionales tienen competencia para:

I. Resolver las contradicciones de criterios que se susciten entre los Tribunales Colegiados de Circuito que pertenezcan a la misma región; y

II. Denunciar ante el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las contradicciones de criterios que se susciten entre las mencionadas Salas; entre Plenos Regionales; o entre Tribunales Colegiados de distinta región; ya sea que la denuncia la formule el Pleno Regional o alguna o alguno de sus integrantes.