IV. LEGITIMACIÓN
- La denuncia proviene de parte legitimada, de conformidad con los artículos 107, fracción XIII, párrafo segundo, de la Constitución Federal y 227, fracción II, de la Ley de Amparo, al haber sido formulada por Edgar Genaro Cedillo Velázquez, en su carácter de magistrado integrante del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Octavo Circuito.
