CONTRADICCIÓN DE TESIS 32/2020. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO. 6 DE ABRIL DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO V
Fecha: 11-Nov-2022
Estudio De Fondo
10. El Tribunal Colegiado estimó incorrecta la interpretación del Juez respecto del carácter del Ministerio Público como autoridad, pero acertada la determinación de desechar. En su estudio, el Tribunal Colegiado desarrolló las etapas que componen el procedimiento penal conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales: de investigación, intermedia o de preparación al juicio y de juicio oral.
11. El tribunal hizo énfasis en el derecho del imputado –y su defensor– a solicitar a la representación social la realización de todos los actos de investigación que estimen pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos. Según la legislación, la autoridad ministerial tiene la obligación de resolver sobre la solicitud en un plazo máximo de tres días y ordenar las diligencias que estime necesarias.
12. Luego, se refirió a las dos fases de la etapa de investigación: la inicial –a cargo del Ministerio Público– y la complementaria o formalizada –bajo la vigilancia del Juez de Control. Explicó que la primera fase inicia con la denuncia o querella y termina cuando el imputado queda a disposición del Juez de Control, es decir, cuando se judicializa la carpeta de investigación y se formula imputación en su contra. Durante la segunda fase, el Ministerio Público continúa como responsable de dirigir la investigación para sustentar la acusación contra el imputado.
13. Así, el Tribunal Colegiado estimó que el quejoso tenía razón cuando afirmaba que el Ministerio Público conserva su carácter de autoridad, aun durante la fase de investigación judicializada, pues en todo momento su función es la de ordenar las diligencias necesarias para esclarecer los hechos ilícitos y, eventualmente, sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la condena a la reparación del daño, siempre en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 21 constitucional como órgano investigador. En efecto, en tanto rector de la investigación, corresponde al Ministerio Público determinar, en ejercicio de su potestad constitucional y conforme al principio de buena fe, decidir si realizará o no los actos de investigación solicitados por las partes.
14. Por tanto, el Tribunal Colegiado concluyó que, durante la investigación complementaria, el Ministerio Público actúa como autoridad, como se desprende de los artículos 21, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 127, 213, 324 y 335 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Así, estimó que no se actualizaba la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el artículo 5o., fracción II de la Ley de Amparo, contrario a lo interpretado por el Juez de Distrito del conocimiento.
15. No obstante, estimó que, en el caso, el juicio de amparo resultaba improcedente. En sus peticiones, el imputado solicitó auxilio de la representación social para preparar medios de prueba: enviar oficios a diversos organismos públicos con la finalidad de recabar entrevistas y tener acceso a archivos institucionales para elaborar informes periciales. El Tribunal Colegiado estimó que se trataba de actos que no generaban afectaciones a derechos sustantivos, sino que sólo perjudicaban al quejoso en sus derechos procesales, por lo que confirmó el desechamiento de la demanda.
Criterio del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito al resolver el amparo en revisión **********
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Legitimación
- Iv Criterios Denunciados
- Antecedentes
- Estudio De Fondo
- V Existencia De La Contradicción
- Vi Estudio De Fondo
- Vii Decisión
- Primeroexiste La Contradicción De Tesis A Que Este Expediente Se Refiere
- Artículo Actos De Investigación Que Requieren Autorización Previa Del Juez De Control
- Iii La Intervención De Comunicaciones Privadas Y Correspondencia
- Vi Las Demás Que Señalen Las Leyes Aplicables
- Artículo
- I La De Investigación Que Comprende Las Siguientes Fases
- Artículo Requisitos De Procedencia Y Verificación Del Juez
- Artículo O El Juicio De Amparo Tiene Por Objeto Resolver Toda Controversia Que Se Suscite
- Son Sujetos Del Procedimiento Penal Los Siguientes