CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 83/2021. MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, ESTADO DE NUEVO LEÓN. 1 DE FEBRERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y ALBERTO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 83/2021. MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, ESTADO DE NUEVO LEÓN. 1 DE FEBRERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y ALBERTO

Fecha: 01-Feb-2023

Acta De Inspección En Materia De Impacto Ambiental

Siendo las 16:30 horas, del día 27 del mes de enero del año 2021, constituido en la zona federal del Arroyo el Capitán entre las Calles Vía Valeria, Monte Platino y Avenida Fuentes del Valle, Colonia Fuentes del Valle, en la coordenada geográfica de referencia 25°39’59’’ de latitud norte y 100°21’52’’ de longitud oeste, en el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León [...] comparece en este momento el Arq. Juan Pablo Ramírez Arroyo, en su carácter de supervisor de obras en Parque Central por parte de la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, apercibiéndosele que se conduzca con verdad, haciéndole saber las penas en que incurren los que declaran con falsedad ante una autoridad [...] y será con quien se entiende la presente visita de inspección y quien en este momento y en el transcurso de la presente acta de inspección se le denominará como el inspeccionado y a quien se le solicita que se identifique con algún documento oficial, para lo cual presenta licencia de conducir [...] de ocupación profesionista empleado municipal y quien señala como domicilio para efectos de oír y recibir notificaciones en el domicilio [...] se solicita al inspeccionado que designe testigos de asistencia [...].

Enseguida y bajo el supuesto de que el inspeccionado realiza obras y/o actividades en la zona federal de cuerpos de agua de competencia de la Federación [...] se le presenta la orden de inspección ya referida, haciéndose de su conocimiento el objeto y alcance de la presente visita de inspección, siendo el verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 fracción X de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente vigente y Artículo 5 inciso R) del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental vigente, siendo lo siguiente:

a) Cuente y cumpla con la Autorización en Materia de Impacto Ambiental para obras y/o actividades en la zona federal de cuerpos de agua competencia de la Federación, correspondiente al Arroyo el Capitán, otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

[...] Haciéndose constar en este momento que el Inspeccionado sí recibe un ejemplar de la orden de inspección referida y sí firma de recibido para constancia de conformidad [...].

En virtud de lo anterior, se configura que se realizaron obras y/o actividades en la zona federal del Arroyo el Capitán consistente en la instalación de 30 metros de gaviones y el relleno, nivelación y compactación de una superficie total de 681.50 metros cuadrados, por lo que se solicita al Inspeccionado la Autorización en materia de Impacto Ambiental para obras y/actividades realizadas en la zona federal del Arroyo el Capitán, otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la cual, no es mostrada al momento de la presente visita de inspección, en virtud de que señala que el trabajo de los gaviones no fueron realizados por el municipio; añadiendo que en relación a la obra del parque ingresaron la solicitud de manifiesto impacto ambiental ante la SEMARNAT a lo cual exhibe copia del acuse recibido.

Por lo anterior, se le requiere al Inspeccionado que, dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la fecha de cierre de la presente visita de inspección, presente la documentación que a continuación se indica:

a) Autorización en materia de Impacto Ambiental para obras y/actividades realizadas en la zona federal del Arroyo el Capitán, otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

[...] Por lo anterior, toda vez que no se cuenta al momento de la visita de inspección, con la Autorización en materia de Impacto Ambiental para obras y/actividades realizadas en la zona federal del Arroyo el Capitán, otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, nos encontramos ante un caso de hechos y omisiones en donde se ponen en riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales; por lo que con fundamento en lo previsto por el artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y artículo 47, penúltimo párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, vigente en este momento se impone como medida de seguridad la Clausura Temporal Total de las obras y actividades descritas anteriormente, mediante la colocación de tres sellos con la leyenda CLAUSURADO con número de folio PFPA/25.3/2C.27.5/0002-21-1, PFPA/25.3/2C.27.5/0002-21-2 y PFPA/25.3/2C.27.5/0002-21-3 en la estructura de los gaviones, además de que estas obras y/o actividades provocan afectaciones a los aspectos abióticos y bióticos del sitio [...]".

Como se observa, durante el desarrollo del acta, la persona con la que se entendió la diligencia de inspección ofreció como prueba documental la expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, consistente en la "Constancia de recepción" de la que se advierte: "[...] Número de Bitácora: 19/MP-0112/12/20 --- Clave de proyecto: 19NL2020HD088 --- Fecha de recepción: 15 DE DICIEMBRE DE 2020, 10:51 HRS --- Nombre del proyecto: PUENTE DE APOYO, ANDADOR PEATONAL Y CUERPO DE AGUA EN LAS MÁRGENES DEL ARROYO EL CAPITÁN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS. --- Trámite: RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL EN SU MODALIDAD PARTICULAR [...]". III. Posteriormente, esto es, el siete de mayo de dos mil veintiuno, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, emitió orden de inspección complementaria PFPA/25.3/2C.27.5/0006-21, dirigida al Encargado responsable de las obras y/o actividades llevadas a cabo en la zona federal del Arroyo El Capitán, del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León; con el propósito de verificar el estado físico y ubicaciones de los sellos de clausura anteriormente colocados y en caso de no encontrarse, volverlos a poner, que es del siguiente tenor: