CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 83/2021. MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, ESTADO DE NUEVO LEÓN. 1 DE FEBRERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y ALBERTO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 83/2021. MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, ESTADO DE NUEVO LEÓN. 1 DE FEBRERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y ALBERTO

Fecha: 01-Feb-2023

I Competencia

11. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de la controversia constitucional que nos ocupa, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105, fracción I, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos(4) y 21, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,(5) en relación con lo dispuesto en el punto Segundo, fracción I, del Acuerdo General Plenario 5/2013 de trece de mayo de dos mil trece, ya que se plantea un conflicto suscitado entre un Municipio y la Federación, en el que se hace innecesaria la intervención del Pleno de este Alto Tribunal, dado el sentido de esta resolución.

12. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán (ponente).

12. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán (ponente).