FACULTAD DE ATRACCIÓN 231/2012. MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA. 24 DE OCTUBRE DE 2012. CINCO VOTOS. PONENTE: ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA. SECRETARIO: JAVIER MIJANGOS Y GONZÁLEZ.
Fecha: 24-Oct-2012
Cuarto Competencia
Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver esta solicitud y decidir si ejerce o no la facultad de atracción respecto del amparo directo 957/2011 del índice del Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 107, fracción V, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 182, fracción I, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 21, fracción III, inciso b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en concordancia con lo dispuesto en los puntos segundo, párrafo primero y cuarto del Acuerdo General Número 5/2001 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Primero Antecedentes
- Segundo Trámite Del Amparo Directo
- Tercero Trámite De La Solicitud De Facultad De Atracción
- Cuarto Competencia
- Quinto Legitimación
- Sexto Requisitos Para El Ejercicio De La Facultad De Atracción
- Séptimo Consideraciones Y Fundamentos
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Foja Del Cuaderno De Primera Instancia Tomo I Denuncia
- Fojas A Del Cuaderno De Primera Instancia Tomo I Denuncia
- Foja Del Cuaderno De Primera Instancia Tomo I Otorgamiento De Perdón
- Fojas A Del Cuaderno De Amparo Directo Demanda De Amparo
- Foja Del Cuaderno De Amparo Directo Demanda De Amparo