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    FACULTAD DE ATRACCIÓN 302/2012. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. 7 DE NOVIEMBRE DE 2012. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, SERGIO SALVADOR AGUIRRE ANGUIANO, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    FACULTAD DE ATRACCIÓN 302/2012. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. 7 DE NOVIEMBRE DE 2012. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, SERGIO SALVADOR AGUIRRE ANGUIANO, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y

    Fecha: 17-Ene-2014

    De Lo Expuesto Se Obtienen Las Siguientes Conclusiones

    1. La facultad de atracción la pueden ejercer tanto el Pleno como las Salas de la Suprema Corte de Justicia;

    • Resultando
    • Considerando
    • Página
    • Artículo
    • El Artículo Fracción Iii De La Ley De Amparo Establece
    • De Lo Expuesto Se Obtienen Las Siguientes Conclusiones
    • El Ejercicio De La Facultad De Atracción Es Discrecional
    • El Ejercicio De La Facultad Debe Hacerse En Forma Restrictiva
    • Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
    • Fojas A

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