INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 20/2022. 25 DE MAYO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN SE APARTÓ DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 20/2022. 25 DE MAYO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN SE APARTÓ DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE

Fecha: 26-Ago-2022

Análisis Del Caso Concreto

53. Una vez expuesto el procedimiento previsto en la Ley de Amparo para el cumplimiento y ejecución del fallo protector, corresponde referirse al caso concreto y a las razones por las que resulta infundado el presente incidente de inejecución y procede la devolución de los autos del juicio de amparo indirecto 1542/2019 al Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, para que su titular actúe en los términos ordenados en esta determinación.

54. El presente asunto inicialmente se circunscribía en determinar si procede la aplicación de las sanciones establecidas en la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución Política del País a la autoridad vinculada al cumplimiento, director general de Programación, Organización y Presupuesto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, ante la falta de cumplimiento sin defectos del fallo protector.

55. Sin embargo, por el momento, no puede pronunciarse en relación con las sanciones establecidas en la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución Política del País respecto al incumplimiento de los deberes impuestos con motivo del fallo protector por parte de la autoridad vinculada al cumplimiento.

56. Para expresar las razones que justifican la decisión de declarar infundado el incidente de inejecución, dejar sin efectos el dictamen del Tribunal Colegiado de Circuito y ordenar la devolución de los autos al Juzgado de Distrito para que continúe con el procedimiento de ejecución, corresponde su desarrollo mediante los subapartados siguientes: