INCIDENTE DE INCONFORMIDAD 114/94. MANUEL HUERTA RIVERA.
Fecha: 28-Ene-1992
Del Acuerdo Dictado En El Expediente Citado En El Inciso Anterior Que Dice
"PALENQUE, CHIAPAS. A 13 TRECE DE ABRIL DE 1994. MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO. V I S T O el estado que guarda la averiguación previa número 18/994, y por cuanto de la misma se desprende en base a los planos que fueron exhibidos tanto por el denunciante licenciado MIGUEL EUSEBIO SELVAS COSTA y por el licenciado MANUEL CONCEPCION CAMARGO ESPARZA, que no se ha determinado pericialmente si el predio que denominan YAXKIN, es el mismo que refieren como PALMIRA o lote E-84 ubicado en la zona arqueológica de esta ciudad; así como si en dicho inmueble conocido como YAXKIN, hay alguna obra arquitectónica por parte del Instituto Nacional de Antropología e Historia, en tal virtud, gírese oficio al director de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Estado, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para que en auxilio de esta fiscalía federal, designe un perito topógrafo de esa institución, para que previa aceptación del cargo, dictamine sobre los puntos antes señalados, así como si los escombros de construcción de los que se dio fe ministerial están dentro del predio denominado por el denunciante Yaxkín. CUMPLASE. ASI LO ACORDO Y FIRMA EL CIUDADANO LICENCIADO GONZALO MARIO DIAZ CASTELLANOS, AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL TITULAR EN ESTA CIUDAD. DAMOS FE." (fojas cuatrocientos veintisiete);
- Considerando
- Articulo El Recurso De Queja Es Procedente
- Quinto Resulta Fundada La Inconformidad Que Se Hace Valer Atentas Las Siguientes Razones
- Del Acuerdo Dictado En El Expediente Citado En El Inciso Anterior Que Dice
- Del Dictamen Pericial En Agrimensura Rendido En La Averiguación Previa De Mérito Que Dice
- Del Folio Real Para Los Asientos Relativos Al Predio Federal Que Se Describe Que Dice
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese Y Cúmplase En Su Oportunidad Archívese El Toca Como Asunto Concluido