INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 323/2011. 3 DE OCTUBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE ONCE VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIA: ROSALBA RODRÍGUEZ MIRELES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 323/2011. 3 DE OCTUBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE ONCE VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIA: ROSALBA RODRÍGUEZ MIRELES.

Fecha: 03-Oct-2011

Iv Un Representante De La Contraloría General

"...

"Cuarto. El director general de Servicios Legales se auxiliará por los integrantes de la mesa de asuntos laborales para la revisión de la documentación presentada por las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la administración pública del Distrito Federal.

"Quinto. Los titulares de las dependencias, órganos «desconcentrados», delegaciones y entidades de la administración pública del Distrito Federal, a través de sus áreas competentes, serán los responsables directos de dar cumplimiento a los laudos y sentencias definitivas dictados por autoridad competentes favorable a los trabajadores al servicio de la administración pública del Distrito Federal.

"Así también, serán responsables directos de negociar, cuando así lo consideren necesario en beneficio de los intereses de la dependencia, órgano «desconcentrado», delegación o entidad al que se encuentren adscritos, para lograr la conciliación con los actores por los juicios en trámite promovidos en contra de la administración pública del Distrito Federal.

"Al solicitar el visto bueno, en ambos casos, deberán demostrar que cuentan con la suficiencia presupuestal para cumplir con el compromiso económico y cumplir irrestrictamente con los lineamientos, procedimientos y requisitos que se dicten en la materia, en caso contrario se dará vista al órgano de control interno correspondiente.

"Sexto. La mesa de asuntos laborales reportará trimestralmente a los secretarios de Gobierno y Finanzas, oficial mayor, contralor general y consejera jurídica y de servicios legales, el avance en el cumplimiento de las acciones a que se refiere el presente acuerdo.