INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 221/2010. DELEGADO DEL JEFE Y SECRETARIO DE GOBIERNO, AMBOS DEL DISTRITO FEDERAL Y OTRA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 221/2010. DELEGADO DEL JEFE Y SECRETARIO DE GOBIERNO, AMBOS DEL DISTRITO FEDERAL Y OTRA.

Fecha: 08-Nov-2007

Séptimo Los Agravios Expuestos Por Son En Parte Infundados Y En Otra Inoperantes

La recurrente sostiene en su primer motivo de queja que la suspensión del acto reclamado deviene en una suspensión de actos consumados, puesto que en el incidente de suspensión se acreditó, mediante el título de concesión y el acta de entrega, que la obra conocida como vía de comunicación urbana de peaje se encuentra en proceso de construcción, y la mayor parte de los polígonos conformados por los predios expropiados mediante el decreto reclamado, ya le fueron entregados para que pueda continuar con la construcción de la obra en proceso.

Asimismo, la inconforme señala que la suspensión otorgada constituye una restitución de derechos en favor del quejoso, puesto que el hecho de mantener las cosas en el estado en que se encuentran impide que la autoridad pueda ejecutar el decreto expropiatorio y, por tanto, a pesar de que el predio ya es propiedad del Gobierno del Distrito Federal y éste, a su vez, ya le otorgó una concesión sobre dicho predio, la autoridad no puede desposeer o desalojar al quejoso del inmueble identificado como **********.