INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 209/2015. 11 DE JUNIO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ ALBINO LAGUNES MENDOZA. SECRETARIA: LUCÍA DEL SOCORRO HUERDO ALVARADO.
Fecha: 19-Ago-2022
Segundose Niega La Suspensión Definitiva Solicitada Por
Notifíquese, publíquese y anótese en el libro de registro, con testimonio autorizado de esta resolución vuelvan los autos originales a su lugar de procedencia y, en su oportunidad, archívese el presente expediente.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados, presidente Jorge Toss Capistrán, ponente José Albino Lagunes Mendoza y Jorge Sebastián Martínez García, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito.
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Nota: La tesis de jurisprudencia 35 citada en esta sentencia, también aparece publicada con la clave P./J. 2/97, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, enero de 1997, página 5, con número de registro digital: 199492.
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